CHL/638
WTO/SPS
CL Chili
  • 08 - Fruits comestibles; écorces d'agrumes ou de melons
2020-08-15
2020-07-02

Fresh bananas (Musa spp.)

ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN A CHILE DE FRUTOS FRESCOS DE PLÁTANO (Musa spp.) PROCEDENTES DE TODO ORIGEN, MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3920 DE 1998 Y DEROGA RESOLUCION 505 DE 2010. Idioma(s): Español. Número de páginas: 5

Este proyecto establece los requisitos de importación a Chile de frutos frescos de Musa spp para consumo, producidos en diferentes orígenes.

Algunos de los puntos de esta resolución, establecen que:

  • Deben provenir de lugares de producción y empacadoras registrados por la ONPF del país exportador, y autorizados por ésta a través de la asignación de códigos únicos de identificación.

  • Para su ingreso al país, el envío deberá estar amparado por un Certificado Fitosanitario Oficial, en original y emitido por la autoridad fitosanitaria del país de origen, en el que consten declaraciones adicionales para ciertas plagas como: Dysmicoccus brevipes, Dismicoccus neobrevipes, Ferrisia virgata, Maconelliicoccus hirsutus, Nipaecoccus nipae, Pseudococcus comstocki, Pseudococcus jackbeardsleyi, Lissachatina fulica y Succinea spp; Opogona sacchari (Coleoptera:Curculionidae); Bactrocera musae; Bactrocera spp;

  • Se aceptará como declaración adicional alternativa, al Resuelvo No. 3.1, que la/s plaga/s que correspondan no está(n) presentes en el país de origen.

  • Condiciones de tramitación según los lineamientos dictados en la(s) Norma(s) Internacional(es) de Medidas Fitosanitarias de la CIPF que correspondan, para el reconocimiento de áreas libres de Bactrocera spp.

  • Forma de proceder, previo a la primera temorada de exportación y la coordinación de una visita de inspectores del SAG al país productor para diferentes objetivos.

  • Condiciones específicas de empaque, y contenedores. Además, de embalaje adecuado que permita realizar tratamientos fitosanitarios si se requiere.

  • Antecedentes específicos que se requiere en la emisión de Certificados Fitosanitarios.

  • Condiciones de inspección al arribo a Chile y acciones frente a detección de 

  • cualquier estado de desarrollo vivo o muerto de Bactrocera spp.
  • Auditorías y supervisiones que puede realizar el Servicio Agrícola y Ganadero y las que debe realizar la ONPF del país exportador de forma períodica.